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15 Septiembre 09
Según la Ley de Régimen Local, los Plenos ordinarios tendrán que convocarse con una antelación mínima de dos días hábiles. Es costumbre en el Ayuntamiento de Fuente Álamo apurar este plazo, aunque justo es reconocer que últimamente suelen convocarlos con 72 horas o incluso algo más. En cualquier caso, se trata de un plazo insuficiente. Con frecuencia los Plenos vienen con un orden del día muy largo y con una documentación muy abundante que los concejales de la oposición tenemos que analizar en apenas unas horas, sin tiempo suficiente para debatir, adquirir aquella documentación necesaria para tener una opinión certera y contrastar ideas, y para tomar una decisión responsable.
En los últimos Plenos se han debatido temas de gran complejidad jurídica, económica y técnica en los que el Grupo Municipal Socialista no ha tenido más remedio que abstenerse, al no haber dispuesto del tiempo necesario para adoptar una decisión con criterio.
Los concejales del PSOE no vivimos de la política. No estamos liberados ni cobramos sueldo del Ayuntamiento. Tenemos que compaginar nuestra dedicación política con el trabajo donde nos “ganamos las habichuelas”. Tampoco usamos recursos públicos. A diferencia de lo que es habitual en otros municipios, no disponemos de dependencias en el Ayuntamiento ni de personal administrativo adscrito, ni de medios como teléfono, ordenador, fotocopiadora o fax.
Pero esas carencias no son el principal problema. El principal problema es la falta de tiempo para preparar adecuadamente los Plenos, cuando además la mayoría de las mociones que presenta la Alcaldía están disponibles, casi de un Pleno para otro (debatiendo algunas que están en dependencias del Ayuntamiento desde hace varios meses).
Por este motivo el Grupo Socialista propondrá un acuerdo de todos los partidos para que los Plenos se convoquen con una antelación mínima de 7 días naturales, salvo que por razones de acreditada urgencia se requiera un plazo menor, y para que todas las mociones presentadas por la Alcaldía o por los Grupos Municipales se notifiquen tras su registro, sin necesidad de esperar a la convocatoria del Pleno.
Son dos sencillas medidas que facilitan el legítimo trabajo de la oposición, y sin duda contribuirán a mejorar la calidad de la democracia en nuestro municipio. ¿Quién puede estar en contra?

