Los desempleados españoles que deseen trasladarse a otro país europeo en busca de empleo, pueden solicitar la exportación de la prestación por desempleo mediante el formulario U2 (este documento ha sustituido a partir del 1 de mayo de 2010 al antiguo formulario comunitario E303).
La prestación podrá percibirse por un periodo de 3 meses, prorrogable por otros 3, previa petición expresa del desempleado a las autoridades que abonan la prestación. Serán las autoridades españolas las que le transferirán el importe de su prestación directamente al interesado.
Procedimiento oficial para el voto por correo y en el Consulado

