Secciones
Servicios
Boletín

Para usuarios registrados: Identificarse

COCA

La Audiencia Provincial reabre el caso contra el Alcalde de Coca, por negar información municipal al PSOE

El Auto del 2 de marzo, de la sala presidida por el propio Presidente de la Audiencia Provincial, ha estimado el recurso formulado por el Grupo Socialista y ordenado al Juzgado de Instrucción de Santa María la Real de Nieva que prosiga con la fase de instrucción

27 Marzo 11

Votar:

Votar:

Compartir:

  • Del·licious
  • Meneame
  • Facebook
  • Twitter
  • GoogleBookMarks

La Audiencia Provincial de Segovia ha emitido un auto el pasado 2 de marzo por el que acepta el recurso interpuesto por el Grupo Socialista y reabre el caso contra el Alcalde de Coca, Juan Carlos Álvarez, por negar información a los concejales de la oposición municipal.

El Auto ordena al Juzgado de Instrucción de Santa María la Real de Nieva que prosiga con la fase de instrucción de las diligencias previas por las que se imputó a Juan Carlos Álvarez Cabrero, alcalde de Coca.

El PSOE de Segovia a través de su Secretario Provincial pregunta al PP si mantendrá como candidato al Alcalde de Coca, en la próxima cita electoral, cuando hay enormes nubarrones judiciales sobre él por sus negativa a facilitar información municipal a la oposición y actuar con poca transparencia.

Juan Luis Gordo considera que los Ayuntamientos deben ofrecer transparencia e información, de lo contrario se está cometiendo una acción gravemente censurable, que atenta a un principio básico en el funcionamiento del sistema democrático.

Recuerda que el art. 23.1 CE reconoce el derecho que tienen los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes. Este precepto constitucional ampara como un derecho instrumental necesario para el ejercicio del derecho de participación en los asuntos públicos, el derecho de los representantes a obtener la información necesaria para el ejercicio de su función, derecho que en el ámbito municipal, reconoce de modo expreso el art. 77 de la LRBRL (ley 7/85, de 2 de abril ), al establecer que "todos los miembros de las Corporaciones Locales, tienen derecho a obtener del alcalde o presidente o de la comisión de gobierno, cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten necesarios para el ejercicio de su función" (STS de 22 de enero de 1996).

Finalmente, considera agotado el proyecto del PP en la localidad después de 16 años de gobierno y augura un cambio de ciclo político que favorecerá los intereses vecinales, generando ilusión y fuerza para afrontar el futuro con mayores garantías